Texto vigente
Fuente oficial BOE1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.
7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.
8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.
9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.
10. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.
Fuente: Constitución Española en el BOE. Texto consolidado de carácter meramente informativo y sin valor jurídico.
Guía de estudio
Qué significa el artículo 27
El artículo 27 es el más extenso del Capítulo II, con diez apartados, y fue uno de los más negociados de 1978 porque tenía que conciliar el derecho a la educación con la libertad de enseñanza. Fija el objeto de la educación, garantiza a los padres la formación religiosa y moral acorde con sus convicciones, declara la enseñanza básica obligatoria y gratuita, reconoce la libertad de creación de centros, abre el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos a profesores, padres y alumnos, ordena la inspección y homologación del sistema, prevé la ayuda pública a los centros que reúnan los requisitos legales y cierra reconociendo la autonomía de las Universidades.
Idea clave
La gratuidad y la obligatoriedad se predican solo de la enseñanza básica. Y la autonomía universitaria es el apartado 10, el último del artículo.
Lo que suelen preguntar
- Que la enseñanza básica, y solo ella, es obligatoria y gratuita.
- Quiénes intervienen en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos: los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos.
- Que la autonomía de las Universidades se reconoce en el apartado 10.
Error habitual
Afirmar que la enseñanza es gratuita en todos sus niveles. El apartado 4 la limita a la básica. Otro despiste habitual es buscar la autonomía universitaria fuera de este artículo.
Autoevaluación
Preguntas del artículo 27
1.Todos tienen derecho a la educación y se reconoce:
- la enseñanza universitaria gratuita en todo caso
- la objeción educativa general
- la libertad de enseñanza✓ Correcta
- la exclusividad estatal docente
Explicación: El artículo 27.1 vincula derecho a la educación y libertad de enseñanza.
2.La enseñanza básica es:
- optativa y gratuita
- obligatoria hasta los veintiún años
- gratuita solo en centros públicos
- obligatoria y gratuita✓ Correcta
Explicación: El artículo 27.4: «La enseñanza básica es obligatoria y gratuita». Las dos notas van siempre unidas.
3.Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral:
- que determine el currículo oficial común
- que establezcan los centros privados concertados
- que resulte mayoritaria en el municipio de residencia
- que esté de acuerdo con sus propias convicciones✓ Correcta
Explicación: El artículo 27.3 garantiza el derecho de los padres «para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones».
4.Para garantizar el cumplimiento de las leyes, los poderes públicos:
- delegarán toda supervisión en los centros privados
- impondrán un único modelo de gestión universitaria
- inspeccionarán y homologarán el sistema educativo✓ Correcta
- limitarán la creación de centros a las universidades públicas
Explicación: El artículo 27.8: «Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes».
5.Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes:
- solo si son íntegramente estatales
- siempre que impartan enseñanzas universitarias
- cuando pertenezcan a organizaciones profesionales
- que reúnan los requisitos que la ley establezca✓ Correcta
Explicación: El artículo 27.9: «Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca».
6.La Constitución reconoce la autonomía de las Universidades:
- en los términos que la ley establezca✓ Correcta
- sin sujeción a ley alguna
- solo para las universidades públicas
- únicamente en materia económica
Explicación: La autonomía universitaria se reconoce en el artículo 27.10 con remisión a la ley.