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Constitución Española

Artículo 151 La vía rápida al autogobierno

Título VIII · Capítulo Tercero

Texto vigente

Fuente oficial BOE

1. No será preciso dejar transcurrir el plazo de cinco años, a que se refiere el apartado 2 del artículo 148, cuando la iniciativa del proceso autonómico sea acordada dentro del plazo del artículo 143.2, además de por las Diputaciones o los órganos interinsulares correspondientes, por las tres cuartas partes de los municipios de cada una de las provincias afectadas que representen, al menos, la mayoría del censo electoral de cada una de ellas y dicha iniciativa sea ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia en los términos que establezca una ley orgánica.

2. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el procedimiento para la elaboración del Estatuto será el siguiente:

1.º El Gobierno convocará a todos los Diputados y Senadores elegidos en las circunscripciones comprendidas en el ámbito territorial que pretenda acceder al autogobierno, para que se constituyan en Asamblea, a los solos efectos de elaborar el correspondiente proyecto de Estatuto de autonomía, mediante el acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros.

2.º Aprobado el proyecto de Estatuto por la Asamblea de Parlamentarios, se remitirá a la Comisión Constitucional del Congreso, la cual, dentro del plazo de dos meses, lo examinará con el concurso y asistencia de una delegación de la Asamblea proponente para determinar de común acuerdo su formulación definitiva.

3.º Si se alcanzare dicho acuerdo, el texto resultante será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto.

4.º Si el proyecto de Estatuto es aprobado en cada provincia por la mayoría de los votos válidamente emitidos, será elevado a las Cortes Generales. Los plenos de ambas Cámaras decidirán sobre el texto mediante un voto de ratificación. Aprobado el Estatuto, el Rey lo sancionará y lo promulgará como ley.

5.º De no alcanzarse el acuerdo a que se refiere el apartado 2 de este número, el proyecto de Estatuto será tramitado como proyecto de ley ante las Cortes Generales. El texto aprobado por éstas será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto. En caso de ser aprobado por la mayoría de los votos válidamente emitidos en cada provincia, procederá su promulgación en los términos del párrafo anterior.

3. En los casos de los párrafos 4.º y 5.º del apartado anterior, la no aprobación del proyecto de Estatuto por una o varias provincias no impedirá la constitución entre las restantes de la Comunidad Autónoma proyectada, en la forma que establezca la ley orgánica prevista en el apartado 1 de este artículo.

Fuente: Constitución Española en el BOE. Texto consolidado de carácter meramente informativo y sin valor jurídico.

Guía de estudio

Qué significa el artículo 151

El artículo 151 permite saltarse los cinco años del artículo 148.2 a cambio de requisitos más duros: la iniciativa debe acordarla, además de las Diputaciones u órganos interinsulares, las tres cuartas partes de los municipios de cada provincia afectada que representen al menos la mayoría del censo electoral de cada una, y ser ratificada en referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia. El Estatuto lo elabora entonces una Asamblea de Parlamentarios por mayoría absoluta, lo examina la Comisión Constitucional del Congreso en dos meses, se somete a referéndum y lo ratifican los plenos de ambas Cámaras antes de que el Rey lo sancione y promulgue. Si una o varias provincias no lo aprueban, las restantes pueden constituir igualmente la Comunidad.

Idea clave

Los dos referendos de este artículo piden mayorías distintas: el de la iniciativa exige mayoría absoluta de los electores; el de aprobación del Estatuto, la mayoría de los votos válidamente emitidos.

Lo que suelen preguntar

  • Las tres cuartas partes de los municipios, frente a los dos tercios del artículo 143.
  • Que el referéndum de iniciativa se gana por mayoría absoluta de los electores de cada provincia.
  • El plazo de dos meses de la Comisión Constitucional del Congreso.

Error habitual

Intercambiar las mayorías de los dos referendos. Una se mide sobre el censo de electores y la otra sobre los votos válidamente emitidos, y esa diferencia es exactamente lo que se pregunta.

Autoevaluación

Preguntas del artículo 151

Hacer el test de Título VIII →
1.Aprobado el proyecto de Estatuto por la Asamblea de Parlamentarios, se remitirá a:
  1. el Pleno del Senado en primera lectura
  2. el Gobierno para su informe vinculante
  3. el Tribunal Constitucional para control previo
  4. la Comisión Constitucional del Congreso✓ Correcta

Explicación: El artículo 151.2.2º remite el proyecto a la Comisión Constitucional del Congreso.

2.Si se alcanza acuerdo sobre el texto, este será sometido a referéndum del cuerpo electoral de:
  1. todo el Estado
  2. solo la provincia de mayor población
  3. las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto✓ Correcta
  4. los municipios que iniciaron el proceso

Explicación: El artículo 151.2.3º se refiere al cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito del proyecto.

3.No será preciso dejar transcurrir el plazo de cinco años del artículo 148.2 cuando la iniciativa autonómica sea acordada, además de por las Diputaciones u órganos interinsulares, por:
  1. dos terceras partes de los municipios del territorio nacional
  2. las tres cuartas partes de los municipios de cada provincia afectada que representen, al menos, la mayoría del censo electoral de cada una de ellas✓ Correcta
  3. la mayoría simple de los municipios sin requisito censal
  4. todos los municipios de una sola provincia afectada

Explicación: El artículo 151.1 fija ese umbral reforzado.

4.La iniciativa del artículo 151.1 debe ser ratificada mediante referéndum por:
  1. la mayoría simple de los votos válidos del conjunto del territorio
  2. las Cortes Generales por mayoría absoluta
  3. el Senado y el Congreso en sesión conjunta
  4. el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia✓ Correcta

Explicación: El artículo 151.1 exige mayoría absoluta de los electores de cada provincia.

5.En el procedimiento del artículo 151, el Gobierno convocará a todos los Diputados y Senadores elegidos en las circunscripciones comprendidas en el ámbito territorial para que se constituyan en:
  1. Comisión Mixta Congreso-Senado
  2. Asamblea✓ Correcta
  3. Junta de Portavoces
  4. Diputación Permanente territorial

Explicación: El artículo 151.2.1º prevé la constitución en Asamblea a esos solos efectos.

6.La Comisión Constitucional del Congreso examinará el proyecto de Estatuto dentro del plazo de:
  1. un mes
  2. tres meses
  3. dos meses✓ Correcta
  4. seis meses

Explicación: El artículo 151.2.2º fija un plazo de dos meses.