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Constitución Española

Artículo 161 Competencias del Tribunal Constitucional

Título IX

Texto vigente

Fuente oficial BOE

1. El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer:

a) Del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley. La declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica con rango de ley, interpretada por la jurisprudencia, afectará a ésta, si bien la sentencia o sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada.

b) Del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el artículo 53, 2, de esta Constitución, en los casos y formas que la ley establezca.

c) De los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los de éstas entre sí.

d) De las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas.

2. El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.

Fuente: Constitución Española en el BOE. Texto consolidado de carácter meramente informativo y sin valor jurídico.

Guía de estudio

Qué significa el artículo 161

El artículo 161 da al Tribunal Constitucional jurisdicción en todo el territorio español y le atribuye cuatro competencias: el recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones con fuerza de ley, el recurso de amparo por violación de los derechos del artículo 53.2, los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de estas entre sí, y las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas. Añade que el Gobierno puede impugnar las disposiciones y resoluciones de los órganos autonómicos, impugnación que produce la suspensión de lo recurrido, si bien el Tribunal debe ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.

Idea clave

La suspensión automática del apartado 2 es una prerrogativa exclusiva del Gobierno, y tiene fecha de caducidad: cinco meses para que el Tribunal decida.

Lo que suelen preguntar

  • Las cuatro letras del apartado 1.
  • Que la impugnación del Gobierno produce la suspensión automática.
  • El plazo máximo de cinco meses para ratificarla o levantarla.

Error habitual

Creer que cualquier recurso ante el Tribunal Constitucional suspende la norma impugnada. Solo lo hace la impugnación gubernamental del apartado 2, y de forma provisional.

Autoevaluación

Preguntas del artículo 161

Hacer el test de Título IX →
1.El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en:
  1. solo en la capital del Estado
  2. la Península y Baleares, salvo disposición contraria
  3. las Comunidades Autónomas que lo acepten estatutariamente
  4. todo el territorio español✓ Correcta

Explicación: El artículo 161.1 establece que el Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español.

2.Entre las competencias del Tribunal Constitucional se encuentra conocer del recurso de inconstitucionalidad contra:
  1. leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley✓ Correcta
  2. Reglamentos internos de cualquier asociación privada
  3. sentencias firmes de cualquier juzgado por mera disconformidad
  4. ordenanzas privadas sin valor normativo

Explicación: El artículo 161.1.a atribuye al Tribunal Constitucional el conocimiento del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley.

3.El Tribunal Constitucional conoce de los conflictos de competencia entre:
  1. las provincias entre sí exclusivamente
  2. los municipios y las diputaciones exclusivamente
  3. el Estado y las Comunidades Autónomas o los de estas entre sí✓ Correcta
  4. los tribunales ordinarios entre sí

Explicación: El artículo 161.1.c contempla los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de estas entre sí.

4.Además de las materias expresamente enumeradas, el Tribunal Constitucional conoce de las demás que le atribuyan:
  1. los reglamentos ministeriales
  2. las leyes autonómicas exclusivamente
  3. los bandos locales
  4. la Constitución o las leyes orgánicas✓ Correcta

Explicación: El artículo 161.1.d amplía la competencia a las materias atribuidas por la Constitución o las leyes orgánicas.

5.La impugnación por el Gobierno de disposiciones y resoluciones adoptadas por órganos de las Comunidades Autónomas produce:
  1. la suspensión de la disposición o resolución recurrida✓ Correcta
  2. su nulidad automática definitiva
  3. la disolución de la Asamblea autonómica
  4. la pérdida automática del cargo del órgano autor

Explicación: El artículo 161.2 establece que la impugnación produce la suspensión de la disposición o resolución recurrida.

6.El recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional tutela las libertades y derechos reconocidos en:
  1. el artículo 9.3 exclusivamente
  2. el artículo 53.2 de la Constitución✓ Correcta
  3. el artículo 97 de la Constitución
  4. el artículo 128.1 de la Constitución

Explicación: El artículo 161.1.b remite expresamente a las libertades y derechos del artículo 53.2.