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Constitución Española

Artículo 158 El Fondo de Compensación

Título VIII · Capítulo Tercero

Texto vigente

Fuente oficial BOE

1. En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de la garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español.

2. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.

Fuente: Constitución Española en el BOE. Texto consolidado de carácter meramente informativo y sin valor jurídico.

Guía de estudio

Qué significa el artículo 158

El artículo 158 prevé que en los Presupuestos Generales del Estado pueda establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de servicios y actividades estatales asumidos y de la garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español. Y ordena constituir un Fondo de Compensación destinado a gastos de inversión, cuyos recursos distribuyen las Cortes Generales entre Comunidades Autónomas y provincias, para corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad.

Idea clave

El Fondo se destina exclusivamente a gastos de inversión, y quien reparte sus recursos son las Cortes Generales.

Lo que suelen preguntar

  • Que el Fondo se dirige a gastos de inversión.
  • Que lo distribuyen las Cortes Generales entre Comunidades y provincias.
  • La garantía de un nivel mínimo en los servicios públicos fundamentales.

Error habitual

Dar por hecho que el Fondo lo reparte el Gobierno. Lo distribuyen las Cortes Generales, y en ese trámite del artículo 74.2 el procedimiento se inicia en el Senado.

Autoevaluación

Preguntas del artículo 158

Hacer el test de Título VIII →
1.Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá:
  1. un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión✓ Correcta
  2. un Fondo de Reserva autonómico con destino a gasto corriente
  3. una caja única municipal de libre disposición
  4. un fondo judicial controlado por el CGPJ

Explicación: El artículo 158.2 crea un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión.

2.Los recursos del Fondo de Compensación serán distribuidos por:
  1. las Cortes Generales✓ Correcta
  2. el Gobierno mediante real decreto
  3. el Senado en exclusiva
  4. las Comunidades Autónomas afectadas

Explicación: El artículo 158.2 atribuye la distribución a las Cortes Generales.

3.En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de:
  1. la población de las capitales de provincia exclusivamente
  2. la renta municipal media
  3. la existencia de tribunal superior de justicia propio
  4. la garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español✓ Correcta

Explicación: El artículo 158.1 añade esa garantía de nivel mínimo de servicios públicos fundamentales.

4.El Fondo de Compensación del artículo 158.2 se distribuye entre:
  1. los municipios de gran población y las islas exclusivamente
  2. las Diputaciones Provinciales únicamente
  3. las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso✓ Correcta
  4. las Cortes Generales y el Senado

Explicación: El artículo 158.2 habla de Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.