Texto vigente
Fuente oficial BOELa Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.
Fuente: Constitución Española en el BOE. Texto consolidado de carácter meramente informativo y sin valor jurídico.
Guía de estudio
Qué significa el artículo 58
El artículo 58 impide que la Reina consorte o el consorte de la Reina asuman funciones constitucionales, y deja abierta una sola puerta: lo dispuesto para la Regencia. Es un artículo de una línea que separa la condición de consorte de cualquier función institucional.
Idea clave
La prohibición es de «funciones constitucionales» y tiene una única excepción, la Regencia.
Lo que suelen preguntar
- Que la prohibición se refiere a funciones constitucionales.
- Cuál es la única excepción admitida.
- Que el artículo contempla las dos situaciones: Reina consorte y consorte de la Reina.
Error habitual
Presentar la prohibición como absoluta. El propio artículo salva lo previsto para la Regencia, de modo que un consorte sí puede llegar a ejercerla.
Autoevaluación
Preguntas del artículo 58
1.La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para:
- la tutela del Rey menor
- el refrendo de los actos del Rey
- el mando supremo de las Fuerzas Armadas
- la Regencia✓ Correcta
Explicación: El artículo 58: «La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia».