Texto vigente
Fuente oficial BOE1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.
2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.
3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.
4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.
5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.
Fuente: Constitución Española en el BOE. Texto consolidado de carácter meramente informativo y sin valor jurídico.
Guía de estudio
Qué significa el artículo 57
El artículo 57 fija el orden sucesorio: primogenitura y representación, con preferencia de la línea anterior sobre las posteriores; dentro de la misma línea, el grado más próximo sobre el más remoto; en el mismo grado, el varón sobre la mujer; y en el mismo sexo, la persona de más edad. Otorga al heredero la dignidad de Príncipe de Asturias, prevé que las Cortes provean la sucesión si se extinguen todas las líneas, excluye a quien contraiga matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes —y a sus descendientes— y remite a una ley orgánica las abdicaciones, las renuncias y cualquier duda en el orden sucesorio.
Idea clave
La preferencia del varón sobre la mujer en el mismo grado sigue viva en el texto de 1978. Es la reforma constitucional más comentada de las que no se han hecho.
Lo que suelen preguntar
- El orden completo de preferencias del apartado 1 y su secuencia.
- Que las abdicaciones y renuncias se resuelven por ley orgánica, no por la propia Constitución.
- Que la exclusión por matrimonio prohibido alcanza también a los descendientes.
Error habitual
Dar por suprimida la preferencia masculina. Sigue en el artículo 57.1. Y suponer que la abdicación opera sola: exige una ley orgánica, como la que se aprobó en 2014.
Autoevaluación
Preguntas del artículo 57
1.Dentro de la misma línea sucesoria, el grado más próximo es preferido al:
- más remoto✓ Correcta
- menor de edad
- que no haya jurado la Constitución
- que no haya nacido en territorio español
Explicación: El artículo 57.1 ordena así la sucesión.
2.El Príncipe heredero tendrá desde su nacimiento, o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, la dignidad de:
- Príncipe de España
- Infante mayor del Reino
- Duque de la Corona
- Príncipe de Asturias✓ Correcta
Explicación: El artículo 57.2 atribuye al heredero la dignidad de Príncipe de Asturias.
3.Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho en el orden de sucesión se resolverán por:
- real decreto refrendado por el Gobierno
- resolución de las Cortes en sesión conjunta sin ley
- una ley orgánica✓ Correcta
- decisión del Tribunal Constitucional
Explicación: El artículo 57.5 exige una ley orgánica.
4.La Corona de España es hereditaria en los sucesores de:
- S. M. Felipe VI de Borbón
- la reina consorte que ejerza la Regencia
- S. M. Don Juan Carlos I de Borbón✓ Correcta
- la persona designada por las Cortes Generales
Explicación: El artículo 57.1: «La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica».
5.En el orden regular de sucesión al trono, la línea anterior es preferida a:
- las colaterales exclusivamente
- la representación
- los grados más próximos
- las posteriores✓ Correcta
Explicación: Ese es uno de los criterios del artículo 57.1.
6.En el mismo grado sucesorio, la Constitución prefiere:
- la mujer al varón
- el varón a la mujer✓ Correcta
- la persona de más edad sin distinción de sexo
- a quien designe el Congreso
Explicación: Ese criterio sigue figurando en el artículo 57.1.