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Constitución Española

Artículo 128 La riqueza y el interés general

Título VII

Texto vigente

Fuente oficial BOE

1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.

2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.

Fuente: Constitución Española en el BOE. Texto consolidado de carácter meramente informativo y sin valor jurídico.

Guía de estudio

Qué significa el artículo 128

El artículo 128 abre el Título VII declarando que toda la riqueza del país, en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad, está subordinada al interés general. Y reconoce la iniciativa pública en la actividad económica, permitiendo que por ley se reserven al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio, y que se acuerde la intervención de empresas cuando lo exija el interés general.

Idea clave

La subordinación del apartado 1 alcanza también a la riqueza privada. Y el apartado 2 contiene dos potestades distintas: reservar al sector público e intervenir empresas.

Lo que suelen preguntar

  • La fórmula «sea cual fuere su titularidad».
  • Que tanto la reserva como la intervención exigen ley.
  • La mención expresa al supuesto de monopolio.

Error habitual

Leerlo como una mera declaración de principios. El apartado 2 habilita medidas muy concretas, y confunde con frecuencia reservar con intervenir.

Autoevaluación

Preguntas del artículo 128

Hacer el test de Título VII →
1.Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al:
  1. interés general✓ Correcta
  2. interés del Estado
  3. interés de las Comunidades Autónomas
  4. principio de legalidad tributaria

Explicación: El artículo 128.1 subordina toda la riqueza del país al interés general.

2.Se reconoce la iniciativa pública en:
  1. la potestad jurisdiccional
  2. la actividad económica✓ Correcta
  3. la sucesión en la Corona
  4. la representación parlamentaria

Explicación: El artículo 128.2 reconoce la iniciativa pública en la actividad económica.

3.Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de:
  1. urgencia electoral
  2. vacante parlamentaria
  3. monopolio✓ Correcta
  4. iniciativa popular

Explicación: El artículo 128.2 menciona especialmente el caso de monopolio.

4.También podrá acordarse por ley la intervención de empresas cuando así lo exigiere:
  1. la mayoría simple del Congreso
  2. la iniciativa del Senado
  3. la decisión del Tribunal Supremo
  4. el interés general✓ Correcta

Explicación: El artículo 128.2 permite la intervención de empresas cuando lo exija el interés general.