Texto vigente
Fuente oficial BOELa ley regulará las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses económicos que les sean propios. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Fuente: Constitución Española en el BOE. Texto consolidado de carácter meramente informativo y sin valor jurídico.
Guía de estudio
Qué significa el artículo 52
El artículo 52 cierra el Capítulo III encargando a la ley regular las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses económicos que les sean propios, y les impone que su estructura interna y su funcionamiento sean democráticos.
Idea clave
Es la cuarta vez que la Constitución exige democracia interna a una organización: antes lo hizo con los partidos (artículo 6), con sindicatos y patronales (artículo 7) y con los Colegios Profesionales (artículo 36).
Lo que suelen preguntar
- Que el artículo 52 cierra el Capítulo III de los principios rectores.
- La exigencia de estructura interna y funcionamiento democráticos.
- Que aquí se habla solo de «intereses económicos», mientras que el artículo 7 dice «económicos y sociales».
Error habitual
Confundirlo con el artículo 36, que trata de los Colegios Profesionales y del ejercicio de las profesiones tituladas, o con el 7, que se refiere a sindicatos y asociaciones empresariales.
Autoevaluación
Preguntas del artículo 52
1.La estructura interna y el funcionamiento de las organizaciones profesionales del artículo 52 deberán ser:
- democráticos✓ Correcta
- parlamentarios
- corporativos
- asamblearios obligatorios
Explicación: El artículo 52 exige que la estructura interna y el funcionamiento de las organizaciones profesionales «deberán ser democráticos»: la misma fórmula que usa para los partidos (art. 6), los sindicatos y asociaciones empresariales (art. 7) y los Colegios Profesionales (art. 36).