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Constitución Española

Artículo 42 Los españoles en el extranjero

Título I · Capítulo Tercero

Texto vigente

Fuente oficial BOE

El Estado velará especialmente por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientará su política hacia su retorno.

Fuente: Constitución Española en el BOE. Texto consolidado de carácter meramente informativo y sin valor jurídico.

Guía de estudio

Qué significa el artículo 42

El artículo 42 encarga al Estado velar especialmente por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientar su política hacia su retorno. Es un precepto pensado desde la emigración española de los años sesenta y setenta.

Idea clave

Aquí el sujeto obligado es «el Estado», no «los poderes públicos» como en casi todo el Capítulo III. Ese cambio de sujeto es lo que suele preguntarse.

Lo que suelen preguntar

  • Que quien actúa es el Estado.
  • Que los derechos protegidos son los económicos y sociales.
  • El mandato de orientar la política hacia el retorno.

Error habitual

Leer el artículo como si tratara de los extranjeros en España. Habla de españoles fuera de España: es emigración, no inmigración.

Autoevaluación

Preguntas del artículo 42

Hacer el test de Título I →
1.La política del Estado respecto de los trabajadores españoles en el extranjero se orientará hacia:
  1. su integración política en el país de destino
  2. la pérdida de su nacionalidad de origen
  3. la sustitución de sus derechos laborales por convenios privados
  4. su retorno✓ Correcta

Explicación: El artículo 42: «El Estado velará especialmente por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientará su política hacia su retorno».