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Constitución Española

Artículo 4 La bandera de España

Título Preliminar

Texto vigente

Fuente oficial BOE

1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.

2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.

Fuente: Constitución Española en el BOE. Texto consolidado de carácter meramente informativo y sin valor jurídico.

Guía de estudio

Qué significa el artículo 4

El artículo 4 describe la bandera de España con precisión: tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas. Y añade que los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas, que se usarán junto a la de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.

Idea clave

La medida exacta: la franja amarilla es el doble de ancha que cada una de las rojas, de manera que ocupa la mitad de la bandera.

Lo que suelen preguntar

  • La anchura de la franja amarilla en relación con cada una de las rojas.
  • Que quien puede reconocer banderas propias de una Comunidad es su Estatuto, no una ley del Estado.
  • Dónde se usan las banderas autonómicas junto a la de España: en los edificios públicos y en los actos oficiales de la Comunidad.

Error habitual

Leer «doble anchura que cada una de las rojas» como si fuera el doble de las dos franjas rojas juntas. Otro despiste frecuente es buscar aquí el escudo de España: la Constitución no lo regula.

Autoevaluación

Preguntas del artículo 4

Hacer el test de Título Preliminar →
1.La bandera de España está formada por:
  1. tres franjas verticales roja, amarilla y roja, todas de igual anchura
  2. dos franjas rojas y una amarilla central, todas iguales
  3. una franja amarilla entre dos rojas, sin precisión sobre sus proporciones
  4. tres franjas horizontales roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas✓ Correcta

Explicación: El artículo 4.1 describe expresamente la composición de la bandera de España.

2.Los Estatutos de Autonomía, respecto de las banderas y enseñas propias, pueden:
  1. prohibir el uso de la bandera de España en su territorio
  2. sustituir la bandera de España en actos oficiales
  3. crear símbolos de uso exclusivamente militar
  4. reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas✓ Correcta

Explicación: El artículo 4.2 permite a los Estatutos reconocer banderas y enseñas propias.

3.Las banderas y enseñas propias reconocidas por los Estatutos se utilizarán:
  1. junto a la bandera de España en edificios públicos y actos oficiales✓ Correcta
  2. de forma exclusiva en edificios autonómicos
  3. solo en actos no oficiales
  4. según decida libremente cada Comunidad Autónoma sin límite constitucional

Explicación: El artículo 4.2 exige su uso junto a la bandera de España en edificios públicos y actos oficiales.

4.¿Cuál de estas afirmaciones se ajusta al artículo 4 de la Constitución?
  1. la Constitución detalla el escudo de España y deja la bandera a la ley
  2. la Constitución regula la bandera de España y admite enseñas propias autonómicas en los términos de los Estatutos✓ Correcta
  3. la Constitución remite íntegramente el régimen de banderas a la ley orgánica
  4. la Constitución prohíbe que las Comunidades Autónomas tengan enseñas propias

Explicación: El artículo 4 regula directamente la bandera de España y permite que los Estatutos reconozcan banderas y enseñas propias.