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Constitución Española

Artículo 88 Los proyectos de ley

Título III · Capítulo Segundo

Texto vigente

Fuente oficial BOE

Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos.

Fuente: Constitución Española en el BOE. Texto consolidado de carácter meramente informativo y sin valor jurídico.

Guía de estudio

Qué significa el artículo 88

El artículo 88 reserva el nombre de proyecto de ley a las iniciativas del Gobierno: se aprueban en Consejo de Ministros, que las somete al Congreso acompañadas de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para poder pronunciarse sobre ellas.

Idea clave

Proyecto de ley es solo lo que viene del Gobierno, y entra siempre por el Congreso. Lo que proponen los demás sujetos son proposiciones de ley.

Lo que suelen preguntar

  • Que los proyectos de ley se aprueban en Consejo de Ministros.
  • Que se someten al Congreso, no al Senado.
  • Qué deben acompañar: exposición de motivos y antecedentes necesarios.

Error habitual

Llamar proyecto de ley a cualquier iniciativa parlamentaria. La distinción entre proyecto y proposición depende de quién la presenta.

Autoevaluación

Preguntas del artículo 88

Hacer el test de Título III →
1.Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros y se someterán al Congreso acompañados de una exposición de motivos y de:
  1. un dictamen previo del Senado
  2. el refrendo del Presidente del Congreso
  3. los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos✓ Correcta
  4. la aprobación inicial del Tribunal Constitucional

Explicación: El artículo 88: «Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos».