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Constitución Española

Artículo 34 El derecho de fundación

Título I · Capítulo Segundo · Sección 2.ª

Texto vigente

Fuente oficial BOE

1. Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la ley.

2. Regirá también para las fundaciones lo dispuesto en los apartados 2 y 4 del artículo 22.

Fuente: Constitución Española en el BOE. Texto consolidado de carácter meramente informativo y sin valor jurídico.

Guía de estudio

Qué significa el artículo 34

El artículo 34 reconoce el derecho de fundación, pero solo para fines de interés general y con arreglo a la ley. Su segundo apartado no repite reglas: se remite a los apartados 2 y 4 del artículo 22, de modo que son ilegales las fundaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito, y solo pueden ser disueltas o suspendidas en sus actividades mediante resolución judicial motivada.

Idea clave

La remisión al artículo 22 es parcial y está tasada: solo los apartados 2 y 4. El registro del 22.3 y la prohibición de secretas y paramilitares del 22.5 no se trasladan.

Lo que suelen preguntar

  • La finalidad exigida: «fines de interés general».
  • Qué apartados del artículo 22 se aplican a las fundaciones.
  • Que la disolución o suspensión requiere resolución judicial motivada.

Error habitual

Dar por aplicable a las fundaciones el artículo 22 entero. La remisión alcanza únicamente a sus apartados 2 y 4.

Autoevaluación

Preguntas del artículo 34

Hacer el test de Título I →
1.El artículo 34.1 reconoce el derecho de fundación:
  1. para cualquier fin privado sin límite legal
  2. solo a favor de las administraciones públicas
  3. únicamente mediante ley orgánica
  4. para fines de interés general, con arreglo a la ley✓ Correcta

Explicación: Así se formula el derecho de fundación en la Constitución.

2.Para las fundaciones regirá también lo dispuesto en los apartados:
  1. 2 y 4 del artículo 22✓ Correcta
  2. 1 y 3 del artículo 23
  3. 1 y 2 del artículo 28
  4. 2 y 3 del artículo 27

Explicación: El artículo 34.2 remite a los apartados 2 y 4 del artículo 22.